Porque la Transparencia y la Rendición de Cuentas fortalecen la Democracia

III. Marco Legal de Actuación.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Ordena en su Artículo 116 fracción II, que las Legislaturas de los Estados contarán con entidades estatales de fiscalización, desarrollando su función conforme a los principios de posterioridad, anualidad, legalidad, imparcialidad y confiabilidad.

Constitución Política del Estados de Veracruz de Ignacio de la llave.

En el Artículo 67 fracción III, establece que el Órgano de Fiscalización Superior del Estado efectuará la revisión de las Cuentas Públicas, en un periodo no mayor de un año, del Poder Público, los Organismos Autónomos del Estado, la Universidad Veracruzana, los Ayuntamientos, Entidades Paraestatales, Entidades Paramunicipales y cualquier ente o institución pública a la que la Constitución o las leyes del Estado les den el carácter de ente fiscalizable.

Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Veracruz.

Tiene como fin reglamentar la función estatal de fiscalización superior, así como establecer las bases de la organización y funcionamiento del ORFIS.

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