Porque la Transparencia y la Rendición de Cuentas fortalecen la Democracia

Preguntas frecuentes en materia de Transparencia en los Ayuntamientos

¿Qué es el IVAI?
El Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI) es un organismo autónomo del Estado, responsable de garantizar y tutelar el ejercicio del derecho de acceso a la información y vigilar la protección de los datos estrictamente personales.

Está integrado por un Consejo General, quien resuelve ante la negativa del sujeto obligado de proporcionar información, así como tiene a su cargo difundir la cultura de la transparencia y el derecho de acceso a la información.

¿Quiénes son sujetos obligados?
Todos los entes públicos gubernamentales incluyendo a los 212 Ayuntamientos del Estado.

Estos deberán hacer transparente su gestión mediante la difusión de la información pública. Así mismo facilitar a los particulares el acceso a la información.

¿Quién se debe de hacer cargo de esto dentro del Ayuntamiento?
La Unidad de Acceso a la Información (UAIP), quien será la instancia administrativa y dentro de la estructura orgánica del Ayuntamiento que se encargará de la recepción y trámite de las solicitudes de información.

¿Cómo debo designar al Titular de la Unidad de Acceso de mi Municipio?
Conforme al artículo 26.3 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los ayuntamientos, en sesión de cabildo y por mayoría de votos de sus integrantes, nombrará al Titular de la Unidad de Acceso a la Información Pública Municipal, quien dependerá directamente del Presidente Municipal.

¿Puede ocupar otro cargo dentro de Ayuntamiento?
No, toda vez que en términos del Artículo 6.1 fracción V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, los Titulares de las Unidades de Acceso son servidores públicos municipales.

¿Cuáles son algunas de las principales atribuciones de la Unidad de Acceso?

  1. Recabar y difundir la información pública que debe difundirse y publicarse periódica, obligatoria y permanentemente. Información mejor conocida como Obligaciones de transparencia
  2. Recibir y tramitar en un plazo de 10 días hábiles las solicitudes de acceso a la información.
  3. Diseñar procedimiento sencillos que faciliten la tramitación y atención adecuada de las solicitudes de información.
  4. Realizar trámites internos para localizar y entregar la información requerida.
  5. Auxiliar a los particulares en la elaboración de las solicitudes de información cuando éstos no sepan leer ni escribir o que así lo soliciten. También, orientar sobre que otro sujeto obligado pudiera tener la información que solicitan y de la que no se dispone.

¿Qué es información?
Es el bien público contenido en DOCUMENTOS escritos o impresos, fotografías, grabaciones, soporte magnético, electrónico o digital, que los sujetos obligados GENEREN, OBTENGAN, TRANSFORMEN, CONSERVEN o CUSTODIEN por cualquier motivo y en cumplimiento de su función legal.

¿Por qué medios me pueden solicitar información?
De manera personal, formato, correo electrónico, servicio postal y a través del Sistema INFOMEX-Veracruz.

¿Qué es INFOMEX-Veracruz?
Es una plataforma tecnológica desarrollada por el Instituto Federal del Acceso a la Información que permite que cualquier persona desde cualquier parte del mundo realice solicitudes de acceso a la información cualquier sujeto obligado. Veracruz se encuentra sumado al sistema que opera en distintos estados de la república mexicana.

Los sujetos obligados (Ayuntamientos) deberán solicitar al IVAI clave de usuario y contraseña para ingresar al Sistema y consultar las solicitudes que se tengan pendientes.

¿Cómo cambio la contraseña del Sistema INFOMEX-Veracruz?
Solicitando dicho cambio al Instituto Veracruzano de Acceso a la Información, previa acreditación por parte del Titular de la Unidad de Acceso.

Si desconoce si su Municipio ocupa dicha plataforma, puede comunicarse al teléfono 01 (228) 8420270 Ext. 400 con el Ing. Fernando Rivera Pelayo, Jefe de la Oficina del Sistema INFOMEX-Veracruz.

¿En cuánto tiempo se debe dar respuesta a una solicitud de información?
La respuesta debe ser otorgada en un plazo de 10 días hábiles o 20 días hábiles si hay prórroga justificada.


¿Qué pasa si no contesto una solicitud de información?
El particular (persona interesada) puede interponer un Recurso de Revisión ante el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información (IVAI), esto en caso de que, a consideración del interesado exista:

  •  La negativa de acceso a la información;
  •  La declaración de inexistencia de información;
  •  La clasificación de información como reservada o confidencial;
  •  La entrega de información en una modalidad distinta a la solicitada, o en un formato incomprensible;
  •  La inconformidad con los costos o tiempos de entrega de la información;
  •  La información que se entregó sea incompleta o no corresponda con la solicitud;
  •  La inconformidad con las razones que motiva una prórroga;
  •  La falta de respuesta a una solicitud de acceso a la información dentro de los plazos establecidos en esta ley;
  •  El tratamiento inadecuado de los datos personales.


¿Qué es el recurso de revisión?
El recurso de revisión es un instrumento con el que cuentan las personas para impugnar, si estiman antijurídica, infundada o inmotivada la respuesta o falta de respuesta de un Sujeto Obligado con la cual se niega o limita el acceso a la información pública.


¿Debo atender los recursos de revisión que dejó pendientes la administración pasada?
Sí, el cambio de administración no exime a los servidores públicos entrantes de dar cumplimiento con la Ley.

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